viernes, 8 de noviembre de 2013

Secretaria de la Mujer

La secretaria de la Mujer del municipio es competente a dar orientación para realización de denuncias ante los agentes competentes para recibirla y así también es competente de dar atenciones psicológicas a las mujeres que fuesen victimas de violencia.
Las atenciones serán netamente gratuitas

la violencia hacia las mujeres es un hecho cotidiano, sostenido por la forma de organización social que es jerárquica, y que mantiene la superioridad del hombre sobre la mujer.

La violencia contra la mujer se presenta de diferentes formas: La violencia Física, violencia emocional o psicológica, violencia sexual y violencia económica.

El marco legal de protección contra violencia domestica estipula que es un delito que atenta contra los derechos de las personas. La legislación vigente en Paraguay permite actuar de oficio dolo en casos de flagrancia, asimismo ofrece medidas de protección urgente, aplicadas por el juzgado de paz, establecidas en la Ley 1600/00 Contra la Violencia de la Mujer.

La Ley Nº 1600/00 CONTRA LA VIOLENCIA DOMESTICA protege el derecho de las mujeres que sufren de violencia.
Esta ley establece las normas de protección para toda persona que sufra lesiones, maltratos físicos, psíquicos o sexuales por parte de uno de los integrantes del grupo familiar, que comprende originado por el parentesco, en el matrimonio o unión de hecho, aunque hubiese cesado la convivencia, así mismo en el supuesto de parejas no convivientes y los hijos/as sean o no comunes.



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